La jura de nacionalidad ante notario se ha convertido en la vía más ágil para que los nuevos españoles concluyan su proceso de nacionalidad sin las largas esperas del Registro Civil. En esta introducción descubrirás por qué este trámite gana protagonismo en 2025, qué ventajas ofrece frente a las alternativas tradicionales y los pasos esenciales para llevarlo a cabo sin tropiezos.
Si ya tienes la concesión y te preocupa el plazo de 180 días, sigue leyendo: encontrarás la información práctica que necesitas para jurar —o prometer— tu lealtad a la Constitución española y obtener cuanto antes tu DNI y pasaporte.
¿Qué es la jura de nacionalidad ante notario y por qué es la vía más rápida?
La jura de nacionalidad ante notario es un acto solemne en el que el nuevo ciudadano manifiesta, en escritura pública, su fidelidad al Rey y a la Constitución, declara (si procede) la renuncia a su nacionalidad anterior y elige sus apellidos y vecindad civil. Desde la reforma del art. 68.3 de la Ley 20/2011 y la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de diciembre de 2021, este trámite puede realizarse indistintamente ante el Registro Civil o ante un notario del domicilio que figure en la resolución de concesión – lo que convierte al notario en funcionario competente para cerrar el expediente de nacionalidad.
Por qué es más rápido que el Registro Civil
- Citas inmediatas: las notarías funcionan con agenda propia y suelen ofrecer huecos en cuestión de días, mientras que en muchos Registros Civiles las listas de espera superan los 6-12 meses. La apertura de la vía notarial (septiembre 2021) se implantó precisamente para desatascar esa saturación.
- Plazo de inscripción de 5 días: una vez firmada la escritura, el notario remite telemáticamente el documento al Registro Civil competente, que debe inscribir la adquisición de la nacionalidad “en el plazo de cinco días” – marco legal que no siempre se cumple cuando la jura se hace directamente en la oficina registral.
- Proceso digitalizado: la conexión telemática entre notarios y Registro Civil evita al solicitante desplazamientos y aporta trazabilidad (código seguro de verificación), reduciendo errores y duplicidades.
- Suspensión automática del plazo de 180 días: al solicitar la cita notarial, el plazo legal para jurar se paraliza, evitando la caducidad de la concesión si el calendario del Registro Civil no ofrece fecha a tiempo.
Acudir a un notario agiliza el paso final hacia el DNI y pasaporte españoles porque combina disponibilidad inmediata, tramitación electrónica y un plazo reglado de inscripción mucho más breve que el circuito tradicional del Registro Civil.
Requisitos antes de solicitar la jura de nacionalidad ante notario
Para acudir al notario con todas las garantías y evitar contratiempos, asegúrate de reunir los siguientes requisitos y documentos:
- Resolución de concesión firme
- Debes contar con la notificación electrónica o en papel que acredita que tu nacionalidad española ha sido concedida.
- Comprueba la fecha: el plazo general para jurar o prometer es de 180 días desde la notificación.
- Documentación personal en vigor
- Pasaporte y, si la tienes, Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
- Certificado literal de nacimiento del país de origen, debidamente legalizado/apostillado y, en su caso, traducido al castellano.
- Empadronamiento actualizado
- El domicilio que figura en tu resolución determina el notario competente. Aporta volante de empadronamiento emitido en los últimos 3 meses.
- Datos de filiación y apellidos
- Si deseas modificar el orden de tus apellidos o elegir vecindad civil (navarra, aragonesa, catalana, etc.), prepara la declaración por escrito para facilitar el trámite.
- Arancel notarial y medios de pago
- La jura suele costar entre €60 y €90, pero cada notaría fija su propio arancel dentro de los límites oficiales. Confirma precio y forma de pago (tarjeta o efectivo) al pedir cita.
- Cita previa confirmada
- Aunque algunas notarías aceptan comparecencia sin cita, es recomendable pedirla con antelación y enviar copia de la documentación por correo electrónico para revisión.
- Menores o personas con discapacidad
- Si tu concesión incluye hijos menores o representados, lleva sus resoluciones y la documentación que acredite la patria potestad o representación legal.
- Formulario de datos registrales
- Muchas notarías facilitan un formulario para captar tus datos antes del acto. Rellénalo y envíalo para agilizar la escritura.
Consejo práctico: Organiza la documentación en un sobre físico y en una carpeta digital (PDF escaneados). Así, ante cualquier requerimiento, podrás remitir los archivos de inmediato y evitar demoras en la inscripción posterior.
¿Se puede hacer la jura de nacionalidad ante cualquier notario?
La respuesta corta es no: la ley fija un criterio territorial muy concreto.
Según el artículo 68.3 de la Ley 20/2011 y la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de diciembre de 2021, “las declaraciones de voluntad […] se practicarán ante el notario competente en el lugar del domicilio en España del solicitante que figure en la resolución de concesión” Esto significa que:
- Notario del domicilio que consta en tu resolución
- Solo los notarios con protocolo abierto en esa localidad son competentes para autorizar la escritura de jura.
- El solicitante no puede elegir libremente un notario de otra provincia «porque tenga cita antes»; sería nulo y el Registro Civil no inscribiría la adquisición.
- Cambio de domicilio previo a la concesión
- Si te mudaste antes de la fecha de la resolución, bastará presentar un certificado de empadronamiento que acredite que el alta es anterior. Con esa prueba, podrás jurar ante un notario del nuevo municipio.
- Sin ese certificado —o si el cambio se produjo después de la concesión— seguirás vinculado al domicilio original.
- Qué ocurre en grandes ciudades
- Dentro de la misma población puedes escoger cualquier notario de ese término municipal (p. ej., cualquier notaría de Madrid capital) porque todos comparten competencia territorial.
- Cómo localizar tu notario competente
- Usa el buscador del Consejo General del Notariado (cgn.es) filtrando por municipio y código postal.
- Llama para confirmar disponibilidad y pregunta si aceptan envío previo de tu documentación en PDF; agiliza la cita y suspende el plazo de 180 días desde la fecha de solicitud.
- Excepciones y vías alternativas
- Quienes residan en el extranjero deben acudir al consulado que actúa como Registro Civil, no a un notario en España.
- Algunas comunidades uniprovinciales (p. ej., La Rioja) tienen pocos notarios; aun así, la competencia sigue siendo municipal, no autonómica.
En síntesis, solo puedes jurar ante un notario territorialmente competente para tu domicilio —o el que demuestres con empadronamiento previo—. Elegir «cualquier notario» es un mito: hacerlo fuera de tu demarcación puede invalidar el trámite y obligarte a repetirlo dentro del plazo legal.
Procedimiento completo para jurar de nacionalidad ante notario
A continuación tienes el paso a paso típico —desde la solicitud de cita hasta la expedición de tu DNI— para que la jura de nacionalidad ante notario sea fluida y sin errores:
- Reserva de cita con el notario competente
- Llama o usa la agenda online y facilita tu resolución de concesión.
- Desde ese momento el plazo legal de 180 días queda suspendido hasta que se celebre el acto, evitando la caducidad de tu nacionalidad.
- Envío y revisión previa de la documentación
- Pasaporte/TIE, resolución CSV, certificado de nacimiento y empadronamiento se remiten en PDF para que la notaría verifique que todo está correcto.
- Te confirmarán el arancel (60-90 € aprox.) y la forma de pago.
- Comparecencia el día de la jura
- El notario lee el texto legal; repites la jura o promesa, declaras la renuncia (si procede) y eliges apellidos y vecindad civil.
- Si asisten menores o representados, firman también sus tutores.
- Firma de la escritura pública y pago del arancel
- La escritura incluye toda la documentación testimoniada y tu correo para notificaciones.
- Recibes copia simple o autorizada según solicites.
- Remisión telemática al Registro Civil
- El notario envía la escritura electrónicamente el mismo día; no tienes que hacer más trámites.
- Inscripción en el Registro Civil en un máximo de 5 días
- El Registro Civil del domicilio inscrito debe asentar la adquisición de la nacionalidad dentro de ese plazo reglado.
- Obtención del certificado literal de nacimiento español
- Te llegará por correo electrónico o postal; con él ya puedes pedir cita para DNI y pasaporte.
- Tramitación del DNI y pasaporte
- Acude a la comisaría con la certificación, empadronamiento y fotografías; en la misma visita obtienes el DNI y solicitas el pasaporte.
Siguiendo este itinerario reduces al mínimo los tiempos —la mayoría de notarías completan todo en menos de una semana— y te aseguras de que tu nueva nacionalidad quede firme sin sobresaltos.
